Septiembre 09 2022

Fuente: Energia Estrategica - Guido Gubinelli

Juan Carlos Tellez, Gerente General de Derivex, contó a Energía Estratégica que el mecanismo de Derivex de contratación de energía ya ha sido aprobado en el marco de la Resolución CREG 114, luego de que Ecopetrol se desprendió de su comercializadora: Ecopetrol Energía (Ver articulo).

Esto da a entender que los comercializadores del mercado regulado podrán trasladar los precios de los contratos de energía que celebren a través de Derivex hacia la tarifa del usuario regulado.

Tellez indica que esto beneficiaría a los hogares y pequeños comercios e industrias.

“A través de nuestro mecanismo se pueden generar mejores precios porque hoy en día la mayoría de la energía que se está consumiendo en el país fue contratada hace un par de años. Esos contratos fueron realizados a través de contratos bilaterales indexados a la inflación. Y en Derivex no tenemos este problema porque los precios no están indexados a la inflación”.

Tanto la pandemia como la Guerra en Ucrania están generando altas tasas de inflación a nivel global y ese es uno de los grandes problemas que tiene ahora Colombia: Energía muy costosa por ser indexada.

Juan Carlos Tellez adelanta que aproximadamente el 20 de octubre se llevará a cabo la primera subasta con esta nueva condición.

“Estamos haciendo un sondeo con el mercado para terminar de definir la fecha. La idea es que haya consenso de la industria Porque de nada serviría iniciar una subasta donde los agentes no estén preparados. Es decir, que estén inscritos ante un miembro liquidador de Derivex (una firma comisionista) para poder empezar a hacer las compras y ventas de futuros de energía eléctrica”.

Adelanta que, una vez que se realice esta primera convocatoria, luego se hará una por mes. “Lo que esperamos es que hayan cada vez más agentes y eso haga que aumente la liquidez del mercado. Si esto sucede, los precios serán más transparentes y en la medida que haya mayor competencia se formaran mejores precios".

 

Más renovables

Otro efecto importante para los comercializadores, es que la energía renovable que se contrate por medio del mecanismo de Derivex se les contabilizará para alcanzar la meta de un 10% de consumo por parte de energías limpias a partir del 2023, exigencia fijada en el Artículo 296 del Plan Nacional de Desarrollo (PND).

Este será un aliciente para que un mayor volumen de comercializadores participe de estas convocatorias, más aún teniendo en cuenta que muchos de los proyectos adjudicados en la subasta de largo plazo de energías renovables están en suspenso a la espera del avance de consultas previas con las comunidades.

No obstante, se advierte que “para tener validez estos contratos deberán celebrarse a un mínimo de 10 años, según indica la norma. Pero eso es algo que tenemos que hablar con el Ministerio –de Minas y Energía- porque en este momento Derivex es un mercado que tiene como máximo 6 años de contratación”.

Explica que por el formato y la naturaleza de mercados como el de Derivex, que son estandarizados, “no hace sentido tener un mercado a 10 años porque esos contratos son más líquidos y aumentan el riesgo”.

Por tanto, el ejecutivo adelanta que próximamente manifestarán esta inquietud a la cartera que comanda Irene Vélez para que se flexibilice esa exigencia.

 

Las ventajas de participar en Derivex

“Hay varios beneficios que ofrecen los mercados anónimos estandarizados como Derivex. Uno de los principales es que, al ser un mercado totalmente anónimo, tanto en la comercialización como en la compensación y liquidación de los contratosno se genera ningún tipo de discriminaciones de agentes por su riesgo crediticio”.

Asimismo, el Gerente de Derivex indica que otro de los beneficios es que “no hay riesgo de crédito”. “Ese riesgo es administrado a través de los controles de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte; entonces un generador va a poder vender su energía a un precio más justo de lo que lo hace en un contrato bilateral”, asegura.

Argumenta que en un contrato bilateral el generador tiene que medir el riesgo de su contraparte -que le compra la energía-. “No es lo mismo venderle a un comercializador que tiene unas condiciones crediticias AAA, que a uno que tiene serios problemas financieros”.

Y explica: “Puede pasar que al generador - no se la venda – al comercializador - o que lo haga, pero a un precio más caro. En definitiva si un comercializador compra su energía más cara, el precio luego es trasladado al usuario final. Ese problema se elimina en un mercado como el de Derivex”.

Otro incentivo es que los precios que se formen en las convocatorias de subasta de cierre “van a ser trasladados directamente a la tarifa”, sostiene.

“Va a ser un ‘pass through’ directamente a la tarifa de los precios que obtenga en Derivex. Que eso no funciona directamente en los contratos bilaterales, porque allí se necesita que primero se forme un MC, que a veces genera que un comercializador pierda dinero”, diferencia el ejecutivo.

Además, los contratos que se celebren en Derivex no están indexados al IPP, son a precios fijos; es decir, no son ajustados por inflación, a diferencia de los contratos bilaterales.

“Este es otro de los beneficios que es muy impórtate con la situación y coyuntura actual internacional es la inflación, donde en Colombia tenemos un máximo histórico de los últimos 20 años y no se ve que en los próximos años se vaya a disminuir”, puntualiza Tellez.

Y cierra: “Esto es por nombrar algunos de los beneficios, pero hay muchos más que van a tener los agentes tanto comercializadores como generadores, y a su vez para la CREG acá se producen precios donde se fomenta la sana competencia y que son mucho más eficientes que finalmente beneficiarán a los usuarios finales de las tarifas”.

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